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Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL)

La RG (ARCA) 5844 instrumenta el Régimen de Incentivo a la Formalización Laboral (RIFL) creado por la Ley 27.802 de Modernización Laboral, reduciendo las contribuciones patronales para incentivar la registración de nuevo empleo formal.

 


DATO CLAVE

Alícuota total unificada del 5% de contribuciones patronales por 48 meses por trabajador, para nuevas relaciones laborales iniciadas entre el 1/5/2026 y el 30/4/2027.


 

Beneficio y empleadores comprendidos

Alícuota unificada del 5% sobre contribuciones a SIPA, Asignaciones Familiares, Fondo Nacional de Empleo e INSSJP. Aplica a empleadores regidos por las leyes 20.744 (LCT), 22.250 (construcción) y 26.727 (régimen agrario). Los nuevos empleadores desde el 10/12/2025 pueden aplicar el beneficio hasta el 80% de su nómina.

Trabajadores elegibles

La nueva relación laboral debe corresponder a un trabajador que no haya registrado empleo previo al 10/12/2025, o que encuadre en alguna de estas alternativas:

  • Desempleado durante los últimos 6 meses anteriores al alta.
  • Inscripto en Monotributo en ese período.
  • Último empleo bajo relación de dependencia en el sector público (nacional, provincial, municipal o CABA).

Operatoria

Alta del trabajador por «Simplificación Registral» con código de modalidad 710. Liquidación de aportes por «Declaración en línea», release 7 de la versión 47, que aplica las alícuotas reducidas en forma automática.

Causales de exclusión

El beneficio decae —con obligación de pagar diferencias, intereses y multas— si el empleador queda incluido en el REPSAL o si se detectan prácticas abusivas de sustitución de personal (despido y reincorporación, fragmentación de plantilla, etc.).

La ventana se cierra el 30/4/2027. Estamos a disposición para evaluar elegibilidad y coordinar altas.

Departamento de Consultoría Laboral 

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