Prorrogado hasta el 25 de enero de 2021 por el DNU 961/2020
La norma prevé en caso de despido sin justa causa durante la vigencia del presente
decreto, los trabajadores afectados tendrán derecho a percibir el doble de la indemnización
correspondiente con la legislación vigente. La duplicación prevista comprende todos los rubros indemnizatorios originados con motivo de la extinción incausada del contrato de trabajo.