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Carta de Porte Eletrónica

Obligatoriedad del uso electrónico 

Mediante la Resolución General Conjunta (AFIP – MAGyP – MT) 5017/2021 publicada en el boletín oficial el 25 de junio de 2021, se establece de uso obligatorio de los comprobantes electrónicos “Carta de Porte para el Transporte Ferroviario de Granos” y “Carta de Porte para el Transporte Automotor de Granos, como únicos documentos válidos para respaldar el traslado de granos. Resultando el uso obligatorio a partir del 1/11/2021.

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