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Reuniones presenciales

Protocolo para reuniones presenciales en el ámbito de CABA

Se establece protocolo para reuniones en forma presencial convocada por personas jurídicas, para celebrar asambleas, toma de decisiones de los órganos de gobierno, de administración y de fiscalización de personas jurídicas de derecho privado (sociedades, asociaciones civiles, fundaciones, mutuales, cooperativas) dentro de sus instalaciones, incluyendo exclusivamente a las personas imprescindibles para el impulso y/o la realización de los actos jurídicos que correspondan.

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