Ampliación de la Moratoria
Ley 27.562
Se ha sancionado una nueva ley de Moratoria, que aún no se ha promulgado y publicado en el boletín oficial. Es para deudas impositivas, previsionales y aduaneras, vencidas al 31 de julio de 2020 (Ley 27.562). Asimismo, abarca la refinanciación de planes de pago vigentes y las deudas emergentes de planes caducos.
También se incluyen las retenciones omitidas o efectuadas y no pagadas. Además, se puede regularizar las deudas impositivas, previsionales y aduaneras, vencidas a dicha fecha que se encuentren en curso de discusión administrativa o sean objeto de un procedimiento administrativo o judicial a la fecha de publicación en el Boletín Oficial de la presente ley modificatoria.
En esos casos, el acogimiento al presente régimen tendrá como efecto el allanamiento incondicional por las obligaciones regularizadas o, en su caso, el desistimiento de acciones, reclamos o recursos en trámite, asumiendo el responsable el pago de las costas y gastos causídicos. Asimismo, el acogimiento al régimen importará el desistimiento de todo derecho, acción o reclamo, incluso el de repetición, respecto de las obligaciones regularizadas.